El Director
A. Estatus oficial
El Director es el representante oficial del Organizador del Torneo.
B. Restricciones y responsabilidades
- El Director es responsable de la dirección técnica del
torneo in situ. Tiene poderes para solucionar cualquier omisión del Organizador
del Torneo.
- El Director aplica, y está obligado por, estas Leyes y
las regulaciones suplementarias anunciadas bajo la autoridad conferida por estas
Leyes.
C. Obligaciones y poderes del Director
El Director (no los jugadores) tiene la responsabilidad de rectificar las irregularidades
y compensar los perjuicios. Las obligaciones y potestades del Director normalmente
incluyen también las siguientes:
- Mantener la disciplina y asegurar el desarrollo ordenado
del juego.
- Aplicar e interpretar estas Leyes e instruir a los jugadores
sobre sus derechos y responsabilidades bajo ellas.
- Rectificar errores o irregularidades que lleguen a su conocimiento
por cualquier medio, dentro del Período de Corrección establecido en la
Ley 79C.
- Asignar una rectificación cuando sea aplicable y ejercer
las facultades que le otorgan las Leyes 90 y
91.
- Cancelar una rectificación, si hay motivo suficiente y
a su discreción, a solicitud del bando inocente.
- Resolver conflictos.
- Referir algún asunto al comité apropiado.
- Reportar los resultados para el registro oficial si lo
requiere el Organizador del Torneo y tramitar cualquier otro asunto que le haya
sido delegado por el Organizador del Torneo.
D. Delegación de obligaciones
El Director puede delegar cualquiera de sus tareas en ayudantes pero no queda
eximido de la responsabilidad de su correcta ejecución.